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disposiciones consolidadas:
BOE-A-2015-951
Ley agraria de las Illes Balears
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
2015/02/03
Rango:
Ley
Departamento:
Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Origen:
Autonómico
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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1. La producción de estiércol en las explotaciones ganaderas de las Illes Balears se calculará de acuerdo con las cantidades y los parámetros a que se refieren en las tablas 1 y 2 del apartado 3 del anexo.
2. No obstante el apartado anterior y el anexo, las administraciones públicas competentes en materia agraria, a solicitud de la persona titular de la explotación, podrán establecer cantidades y parámetros distintos a los establecidos, como resultado de la aplicación de mejoras técnicas disponibles en la explotación ganadera.
3. Las cantidades y los parámetros de las tablas 1 y 2 del anexo se podrán modificar mediante reglamento.