1. Se crea el Catálogo de alimentos tradicionales de las Illes Balears, con el objetivo de preservar y revalorizar nuestro patrimonio alimentario, en el que se incluyen los alimentos típicos y tradicionales de las Illes Balears; a efectos de esta ley, se entiende que un alimento es tradicional de las Illes Balears cuando se acredite un mínimo de treinta años de producción, elaboración o comercialización en las Illes Balears.