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disposiciones consolidadas:
BOE-A-2008-11792
Ley de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Extremadura
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
2008/07/11
Rango:
Ley
Departamento:
Comunidad Autónoma de Extremadura
Origen:
Autonómico
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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1. El titular de la Consejería con competencias en Hacienda, como órgano competente para la Planificación y Dirección Patrimonial, de oficio, ya sea por iniciativa propia o a propuesta del Consejo Gestor de Edificios Administrativos, someterá a la aprobación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, Programas Generales Anuales de Actuación sobre edificios administrativos.
2. El Programa General de Actuación delimitará el ámbito subjetivo y objetivo de actuación, las directrices básicas que deben tenerse en cuenta para la elaboración y ejecución del Proyecto de Actuación, y las consecuencias económicas estimadas del mismo con los plazos consecuentes para su desarrollo.