Sin perjuicio de la aplicación general del régimen sancionador previsto en la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, la Comisión Nacional del Mercado de Valores podrá imponer a las personas y entidades infractoras a que se refiere el artículo 38 de esta Ley, multas coercitivas de hasta 12.000 euros al día, con el fin de obligarles: