KnowledgeCake
disposiciones consolidadas:
BOE-A-2009-13038
Ley de educación de Cataluña
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
2009/08/06
Rango:
Ley
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Origen:
Autonómico
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
Url doc
Haga click en el botón del menú vertical para activar el MODO DE SELECCIÓN. Seleccione los fragmentos que desee de cada disposición. Organícelos en un panel. Genere y descargue un documento con toda la información seleccionada, claramente referenciada.
1. El Gobierno y las universidades de Cataluña deben establecer relaciones de colaboración para potenciar la excelencia del sistema educativo, sin perjuicio de las facultades de coordinación que corresponden al Consejo Interuniversitario de Cataluña.
2. La cooperación a la que se refiere el apartado 1 incluye, entre otros, los siguientes aspectos:
a) La realización de trabajos de investigación sobre la actividad educativa.
b) La participación en los procedimientos evaluadores.
c) El acceso de los alumnos a la enseñanza universitaria.
d) La formación inicial y permanente del profesorado.
e) La incorporación a las universidades de docentes procedentes del sistema educativo no universitario.
f) La realización de prácticas de estudiantes universitarios.
g) Las actividades de extensión universitaria.
h) La elaboración y difusión de materiales pedagógicos.
i) La incorporación de tecnologías de la información y de la comunicación.
3. En colaboración con las universidades de Cataluña pueden crearse instituciones para la investigación en el campo de la educación y establecer mediante convenio programas prioritarios de investigación educativa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 84.2.