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disposiciones consolidadas:
BOE-A-2008-13533
Libro Cuarto del Código Civil de Cataluña. Sucesiones
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
2008/08/07
Rango:
Ley
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Origen:
Autonómico
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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Pueden exigir el cumplimiento de los modos:
a) El albacea.
b) El heredero, respecto al modo impuesto a otros partícipes en la herencia.
c) El legatario gravado con un legado sujeto a modo.
d) El coheredero o colegatario, respecto a los modos impuestos a todos o a determinados coherederos y colegatarios.
e) Los órganos administrativos correspondientes, las entidades asistenciales y las fundaciones y asociaciones interesadas, respecto a los modos con finalidades de interés general.
f) Las personas que el testador haya nombrado a tal fin.