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disposiciones consolidadas:
BOE-A-2008-13533
Libro Cuarto del Código Civil de Cataluña. Sucesiones
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
2008/08/07
Rango:
Ley
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Origen:
Autonómico
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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Son reducibles por cuarta falcidia o cuota hereditaria mínima los legados a cargo del heredero que pretende retenerla, incluidos los prelegados ordenados a su favor. Sin embargo, se excluyen de reducción los legados de deuda propia del testador, los ordenados a favor de los legitimarios en concepto de legítima o imputables a esta en la parte que la cubran, los de alimentos y los que el testador ha ordenado que se cumplan íntegramente. Tampoco se reducen las donaciones por causa de muerte y las atribuciones particulares en pacto sucesorio.