1. La aceptación de cesiones administrativas de bienes inmuebles y derechos reales sobre los mismos, así como de los vehículos a motor de otras Administraciones Públicas en favor de la Comunidad Autónoma de Extremadura para destinarlos a un uso público o a la prestación de servicios públicos de su competencia corresponde al titular de la Consejería competente en materia de Hacienda. La resolución de aceptación será notificada a la Administración cedente.